Las personas con discapacidades crónicas tienen derecho a los programas de pensiones que ofrece el gobierno mexicano, que a veces se denominan comúnmente pensiones asistenciales. Este es el caso también de las personas mayores y las madres solteras.
Esta ayuda se ofrece a dos grupos de edad diferentes, y cada uno está sujeto a una serie de requisitos distintos. Quienes tengan derecho a esta ayuda verán incrementadas sus pagas bimestrales hasta los 2.950 pesos.
¿Quién tiene derecho a la pensión de incapacidad permanente?
- Quienes tengan entre treinta y sesenta y cuatro años de edad, siempre y cuando vivan en comunidades mayoritariamente indígenas o mayoritariamente afromexicanas.
- Los menores de edad, así como los adultos jóvenes (menores de 29 años).
Los participantes deben inscribirse para tener acceso a los servicios que brinda el programa, según lo establece la Secretaría de Bienestar.
¿Dónde inscribirse?
- Navega por este sitio web para localizar el módulo más cercano a ti.
- El certificado de nacimiento, una tarjeta de identificación con fotografía expedida por el gobierno, un comprobante del domicilio actual del beneficiario, un certificado que demuestre la discapacidad del beneficiario y un número de teléfono en el que se le pueda localizar serán documentos indispensables.
Los centros de inscripción están abiertos de 10 de la mañana a 4 de la tarde.
Una persona que acompañe al beneficiario puede acudir a la visita domiciliaria en su lugar si este no puede solicitarla. Puede ser un miembro de su propia familia o un cuidador de la comunidad.
El beneficiario deberá proporcionar al asistente los mismos documentos de identificación y número CURP que utiliza.
¿A qué se refieren con pago de marcha?
Los pagos por paseo se distribuirán a las personas con discapacidad de la misma manera que se distribuyen las pensiones a los jubilados. El auxiliar inscrito solo tendrá derecho a percibir esta cantidad una vez mientras tenga derecho a ello.
En los casos extremadamente raros en los que no se haya identificado a nadie, el proceso de selección se confiará al personal de la Secretaría.
Para obtener la ayuda económica, que asciende a un total de 2.950 pesos abonados en un periodo de dos meses, basta con acreditar la identidad y presentar un certificado de defunción o un certificado médico expedido por un organismo gubernamental que demuestre el fallecimiento del solicitante.
Si no se notifica el fallecimiento del beneficiario en el plazo previsto, su sucesión perderá la posibilidad de recibir esta ayuda.
De acuerdo con la descripción del programa, las personas de alta y muy baja marginación podrán inscribirse al programa y obtener los recursos de manera quincenal.
¿Pensión por Orfandad IMSS puede reducir o extender su apoyo?