Las pensiones para personas mayores son un tipo de programa que brinda asistencia financiera a una determinada población con el fin de mejorar su calidad de vida y garantizar que tengan acceso a las necesidades básicas.
Por otra parte, una declaración que se hizo hace poco dejó bien en claro que los jubilados corren la posibilidad de perder este beneficio si se toman ciertas medidas.
En caso de que un jubilado decida regresar a trabajar, corre el riesgo de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le dé por terminado el pago de su pensión. Inmediatamente, cuando el establecimiento se percate de que la persona mayor está recibiendo una fuente de ingresos, le retendrá una parte del apoyo que recibe.
Por otro lado, existen formas de volver a trabajar sin poner en riesgo el ingreso mensual de la pensión durante la transición.
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Debido a que la Ley Federal del Trabajo manda que sus servicios se presten a través de un sistema de cobro, esto no es algo que pueda suceder. De esta manera, se establece una relación de naturaleza puramente comercial, basada en el intercambio de trabajo a cambio de una remuneración, en lugar de una relación de dependencia con la empresa.
En consecuencia, la naturaleza del contrato estipula que el trabajo es subordinado y que los prestadores de servicios tienen la libertad de realizar sus tareas de manera independiente. Se les compensa por sus servicios con una remuneración en lugar de recibir un salario regular.
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Antes de poder volver a trabajar, los jubilados deben cumplir las siguientes condiciones para seguir cobrando sus pensiones durante sus años de jubilación:
No pueden ocupar el mismo puesto de trabajo
No podrás conservar el mismo empleo que te pagaba antes de retirarte del IMSS si decides regresar a trabajar.
Debe pasar un tiempo desde la jubilación
Antes de iniciar una actividad laboral formal, como un trabajo remunerado registrado en el IMSS, deben transcurrir mínimo seis meses a partir de la fecha de entrega de la resolución de pensión.
El salario será 50% menor al último que se percibía
Tu pensión cubrirá las aportaciones por maternidad, invalidez y vida, por lo que no es necesario retenerlas de tu nómina.
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