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¿Te pueden rechazar la Pensión IMSS? Entérate

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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha decidido no aceptar tu solicitud, a pesar de que por fin ha llegado el día en que podrías tomarte la vida con calma y disfrutar de tu pensión, que es la recompensa que tanto te ha costado ganar. En los párrafos siguientes analizaremos las posibles razones de este problema y ofreceremos algunas soluciones.

Es fundamental dejar clara la distinción entre jubilación y pensión antes de pasar a discutir las posibles razones por las que el IMSS podría decidir rechazar tu pensión. Mientras que la primera se refiere a un incentivo que otorgan ciertos patrones y que va más allá de lo que marca la ley, la segunda se refiere a la documentación que estás obligado a presentar ante el IMSS y que detalla el número de horas que trabajaste y el salario que devengaste.

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¿Por qué motivos es posible que el IMSS me retenga la pensión?

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Para evaluar las probables causas por las que te negarán la pensión, debes saber si comenzaste a cotizar al IMSS en 1973 o en 1997. Esta información te puede ayudar a evaluar las probables causales.

Semanas cotizadas

El principal factor que determina si una persona tiene derecho o no a una pensión del IMSS es el número de semanas que ha cotizado. Es necesario que las personas que estuvieron afiliadas antes del 1 de julio de 1997, es decir, bajo el régimen que estaba vigente en 1973, hayan cotizado un total de 500 semanas.

Las personas que estaban afiliadas al régimen de 1997 a partir del 1 de julio de 1997 deben tener un total de 825 semanas cotizadas para tener derecho al año de cotización 2024. A partir de ese momento, seguirá acumulando 25 semanas adicionales anualmente hasta alcanzar las 1.000.

Si sus empleadores no disponen de sus datos de Seguridad Social, no podrán localizarle. Por eso es tan importante que cuenten con esta información. Al visitar la página del IMSS, podrás consultar el nivel de existencias actual.

Vigencia de derechos

Es necesario que el IMSS reciba las cotizaciones de pensión de las personas que se consideran bajo el régimen que estaba vigente en 1973 en un plazo determinado. Esta es la cuarta cuota del periodo de 125 semanas, que son aproximadamente 2.5 años, que cubren tus pagos semanales, a partir del día en que te das de baja.

Si no puede reincorporarse al trabajo durante un periodo prolongado, corre el riesgo de perder la capacidad de trabajar de nuevo, así como los derechos a tramitar su pensión.

Edad

Otra consideración que puede influir para determinar si el IMSS te otorgará o no una pensión por jubilación es tu edad. La razón es que si tienes menos de 65 años, no aceptarán tu pensión, aunque hayas cotizado el número de semanas requerido.

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El IMSS se ha negado a pagarme mi pensión, ¿qué opciones tengo?

De acuerdo con la información proporcionada en la página de Internet del IMSS, para resolver esta situación, es necesario que acudas a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) o Subdelegación correspondiente. En ese lugar, te entregarán la papelería que se requiere para presentar una solicitud de negativa de pensión.

Después de obtenerla, podrás hacer uso de ella para realizar una solicitud de retiro de recursos de tu cuenta individual en tu AFORE.

Para ello, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Identificación oficial con fotografía y firma (original y copia)
  • Acta de nacimiento
  • Documento de Aviso que se generó en Mi Pensión Digital.

Sin embargo, deberás realizar nuevas aportaciones ante el IMSS si el rechazo de tu pensión se basó en el vencimiento de tus derechos.

Tu fecha de retiro del IMSS determinará cuándo estás obligado a realizar tu siguiente pago:

  • Al volver a afiliarse, se actualizará su conservación de derechos si no han transcurrido más de tres años.
  • Una vez que haya acumulado 26 semanas de cotizaciones adicionales (lo que equivale a seis meses), se actualizará su conservación de derechos, siempre que no hayan transcurrido más de seis años.
  • Su conservación de derechos se actualizará tras 52 semanas de nuevas donaciones, lo que equivale a un año, si han transcurrido más de seis años.

Si su solicitud de pensión ha sido denegada por motivos de edad, su única opción es esperar a cumplir la edad requerida. En ese caso, no debería dejar su trabajo hasta que le falten al menos tres años.

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