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¿Cuánto paga la Pensión IMSS si te retiras a los 60 años?

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Dado que las personas pueden enfrentarse a una gran incertidumbre en este momento de su vida, es prudente que se armen con toda la información que puedan conseguir. Con el concepto de servicio continuado en mente, echemos un vistazo al paquete de compensación que conlleva la jubilación a los sesenta años.

Para empezar, es importante señalar que las personas tienen la posibilidad de obtener las pensiones que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de uno de dos regímenes distintos. Se trata de la Ley 73, que comenzó a cotizar antes del 1 de julio de 1997, y la Ley 97, que comenzó a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.

¿Vale la pena tramitar la Pensión Mínima del IMSS en diciembre?

El primero es ventajoso, ya que los trabajadores de esta industria tienen derecho a empezar a cobrar una pensión a los sesenta años a través de la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada. Debe saber que las operaciones asociadas a la misma no pueden iniciarse hasta que tenga entre sesenta y sesenta y cinco años. Con todos estos conocimientos a su disposición, es de suma importancia que comprenda que existen limitaciones de edad. Veámoslo más de cerca ahora que conocemos esta información.

¿Cuál es la cantidad de dinero que se percibe al jubilarse a los sesenta años?

De acuerdo con la información recabada por Pensión IMSS, si te jubilas a los sesenta años, tendrás derecho a recibir el setenta y cinco por ciento de tu pensión. Si te jubilas a los sesenta y un años, recibirás el ochenta por ciento, y si lo haces a los sesenta y dos, el ochenta y cinco por ciento. Y no solo eso, sino que una vez cumplidos los 64 años, tendrá derecho a percibir la totalidad de su pensión.

¿Los pensionados del ISSSTE recibirán un pago triple en enero?

A partir de ahora, hay algunos requisitos fundamentales que deben cumplirse para tener derecho a la pensión de 1973. Es necesario cumplir una serie de requisitos previos para estar autorizado a percibir una pensión de vejez. Entre ellos se encuentran los siguientes: haber cumplido 65 años de edad, estar dado de alta en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, estar desempleado, haber cotizado al IMSS un mínimo de 500 semanas y estar inscrito en la Ley del Seguro Social que estuvo vigente hasta el 30 de junio de 1997.

En el caso de la que está vigente desde 1997, hay algunas cosas que debes tomar en cuenta para estar en regla. Entre ellos, tener todos tus derechos reconocidos por el Instituto o durante el tiempo que la ley conserve esos derechos, haber salido del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, haber cotizado un mínimo de mil semanas y, por supuesto, tener sesenta años cumplidos al solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada y sesenta y cinco años cumplidos al recibir la pensión de vejez.

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