Las prestaciones de ley que reciben los trabajadores mexicanos se otorgan con la intención de mejorar la calidad de vida que disfrutan mientras están empleados. Ventajas como condiciones laborales favorables, reparto de utilidades en 2024, aguinaldos y vacaciones adecuadas están incluidas en este paquete.
Después de plasmarse en el contrato laboral que formaliza la relación de trabajo a lo largo de la trayectoria laboral de los empleados y tiene una perspectiva de largo plazo al establecer las condiciones con las que se crea el fondo de retiro de los empleados, el cual les proporcionará la pensión del IMSS que les permitirá mantenerse después de jubilarse, estos lineamientos deben cumplirse estrictamente porque están señalados en la Ley Federal del Trabajo, que rige todas las relaciones entre trabajadores y patrones.
Al momento de planear el retiro en México, es importante tomar en cuenta si los años laborales se iniciaron antes del 1 de julio de 1997, cuando aún estaba vigente la Ley del IMSS de 1973, o después de esa fecha, cuando inició la Generación Afore con la Ley del 97.
Esto se debe a que las personas que iniciaron sus aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social en ese periodo tuvieron tres opciones diferentes. Es posible que los trabajadores que se acercan a la edad de jubilación tengan dudas sobre la edad a la que tienen derecho a solicitar la Pensión IMSS bajo el Régimen del 73. Por ello, hoy atenderemos esas dudas.
AMLO ha propuesto un cambio para la Pensión IMSS e ISSSTE en pro de los Adultos Mayores
¿Cuándo podrás presentar una solicitud para obtener la pensión del IMSS como resultado de los pagos que he realizado?
Antes del inicio de operaciones de las Administradoras de Fondos para el Retiro en 1997, el modelo del Régimen del 73 ofrecía un sistema de pensiones solidarias que, siempre y cuando se cumplieran todas las circunstancias, permitía solicitar la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada a partir de los sesenta años de edad.
A partir de los sesenta y hasta los sesenta y cuatro años, una persona tiene derecho a empezar a cobrar su pensión; sin embargo, no podrá percibir la totalidad de su salario registrado hasta que cumpla los sesenta y cinco años. A continuación se muestra el porcentaje de su pensión del IMSS que tiene derecho a recibir antes de ese periodo, con base en la edad a la que desearía jubilarse, suponiendo que se paguen los recursos:
- Por Cesantía a los 60 años: 75% de la Pensión
- Por Cesantía a los 61 años: 80% de la Pensión
- Por Cesantía a los 62 años: 85% de la Pensión
- Por Cesantía a los 63 años: 90% de la Pensión
- Por Cesantía a los 64 años: 95% de la Pensión
- Por Vejez a los 65 años: 100% de la Pensión