
Llega el fin de año y, si eres jubilado, seguro tienes una pregunta clave: ¿recibiré aguinaldo? Esta prestación es un respiro económico vital para millones, pero las reglas no son iguales para todos. Es un tema que genera mucha confusión, pero aquí te lo vamos a aclarar.
La cantidad que recibes (o si es que recibes) depende totalmente de una cosa: el instituto y el régimen bajo el cual te pensionaste. No es lo mismo ser jubilado del IMSS que del ISSSTE, e incluso dentro del IMSS, la ley bajo la que te diste de alta lo cambia todo.
La gran diferencia: IMSS vs. ISSSTE
Vamos directo al grano. El derecho y el monto de esta prestación varían drásticamente. Mientras algunos recibirán 40 días de salario, otros recibirán 30, y algunos, lamentablemente, no recibirán este pago.
Pensionados del IMSS: ¿Eres Ley 73 o Ley 97?
Aquí está la división más importante. Si eres pensionado del IMSS, necesitas saber bajo qué ley te retiraste:
- Ley 73 (si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997): ¡Buenas noticias! Sí tienes derecho a aguinaldo. Recibirás una prestación equivalente a 30 días del monto de tu pensión. Este pago se realiza en una sola exhibición durante el mes de noviembre de 2025.
 - Ley 97 (si empezaste a cotizar desde el 1 de julio de 1997): En este caso, el esquema de pensión se basa en cuentas individuales (Afore) y no contempla el pago de un aguinaldo anual.
 
Pensionados del ISSSTE: El beneficio de los 40 días
Si, en cambio, te jubilaste por el ISSSTE y estás bajo el régimen del Décimo Transitorio (el sistema anterior), tú recibes el beneficio más grande. Te corresponden 40 días de salario como aguinaldo.
El pago se divide en dos partes para una mejor administración:
- Primera parte (20 días): Se deposita en la primera quincena de noviembre de 2025.
 - Segunda parte (20 días restantes): Se entrega en los primeros días de enero de 2026.
 
Esto significa que los pensionados del ISSSTE bajo este régimen tienen una prestación superior a la de sus contrapartes del IMSS.
Es fundamental que revises tus talones de pago y tengas bien identificada la ley o régimen bajo el cual te pensionaste. Esta es la única forma de saber con certeza qué prestaciones te corresponden. Si tienes dudas, te recomendamos acudir directamente a la subdelegación del IMSS o ISSSTE que te corresponde para aclararlo.
				




