
Que tu familia quede protegida si llegas a faltar es, sin duda, una de tus mayores prioridades. Por eso, el IMSS ha lanzado un recordatorio crucial: la pensión por fallecimiento no es automática. El que tus beneficiarios la reciban depende directamente de que cumplas con dos requisitos indispensables: tener las semanas cotizadas necesarias y mantener tu conservación de derechos.
Si al momento de fallecer no cumples con el mínimo, el escenario para tu familia cambia drásticamente. En lugar de recibir una pensión mensual de por vida, solo tendrán derecho a recuperar los fondos que ahorraste en tu AFORE. Es una diferencia enorme que podría afectar su estabilidad económica.
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El requisito clave: ¿qué es la conservación de derechos?
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Piensa en la conservación de derechos como un seguro de vida laboral. Es un periodo de gracia que te otorga el IMSS después de que dejas de cotizar, manteniendo tu protección vigente. La ley es clara: este periodo equivale a una cuarta parte del tiempo total que trabajaste.
Por ejemplo, si cotizaste durante 20 años (1,040 semanas), tu protección se extiende por cinco años más. Si falleces dentro de ese lapso y tienes al menos 150 semanas cotizadas, tu familia tiene derecho a una pensión. Pero si el deceso ocurre después, la protección se pierde por completo.
¿Y si no se cumplen los requisitos?
Cuando un trabajador fallece sin las 150 semanas de cotización o fuera de su periodo de conservación de derechos, el IMSS considera que la protección ha terminado. En este duro escenario, tu familia pierde el acceso a las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia.
La única alternativa que les queda es solicitar la devolución de los recursos acumulados en tus subcuentas de retiro, cesantía, vejez y vivienda. Aunque este dinero es un apoyo, no reemplaza el ingreso constante que una pensión vitalicia les ofrecería.
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Ley 73 vs. Ley 97: ¿cambia algo si falleces?
No importa si perteneces a la Ley 73 o a la Ley 97, los requisitos para que tu familia herede una pensión son exactamente los mismos. La única diferencia está en cómo se paga: con la Ley 73 el IMSS paga una pensión vitalicia definida, mientras que con la Ley 97 depende del saldo que hayas acumulado en tu AFORE.
No dejes la seguridad de tu familia al azar. Revisar tu estatus es muy sencillo y puede marcar la diferencia. Te recomendamos consultar tu historial de semanas cotizadas directamente en el portal oficial del IMSS para asegurarte de que todo esté en orden.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cómo puedo saber cuántas semanas cotizadas tengo? Puedes consultarlas de forma gratuita y al instante en la página web oficial del IMSS con tu CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico.
¿Qué pasa con el dinero de la AFORE si no hay pensión? Los beneficiarios legales (esposa/o, hijos o padres) pueden reclamar la totalidad de los fondos acumulados en las subcuentas de retiro, cesantía, vejez y vivienda.